← Volver al inicio
👔

Para funcionarios en activo

Zona del Empleado

Información útil para funcionarios de Justicia ya en activo: permisos, retribuciones, concursos de traslados, formación y vías de promoción interna.

📋 Permisos💶 Retribuciones🗺️ Traslados📚 Formación📈 Promoción

📋 Permisos y Licencias

Permisos regulados principalmente por la Ley Orgánica del Poder Judicial (Libro VI, Título IV, Capítulo III, arts. 502 a 505), que remite al Real Decreto Legislativo 5/2015 (EBEP) solo con carácter subsidiario (art. 505.1 LOPJ). Las CCAA con competencias pueden mejorarlos mediante acuerdos sectoriales.

🏖️
Vacaciones anuales22 días laborables

Por cada año completo de servicio. Si el año no es completo, a razón de 1,83 días por mes trabajado. Se disfrutan preferentemente de junio a septiembre, sujeto a las necesidades del servicio.

📋
Asuntos propios9 días al año

No es necesario justificar el motivo. Se pueden disfrutar en días sueltos. A diferencia del resto de la Administración General del Estado (6 días, art. 48.k EBEP), el personal de Justicia tiene 9 días por excepción expresa del art. 503.1 LOPJ. Algunas CCAA o acuerdos sectoriales amplían aún más este número. Deben solicitarse con antelación y están sujetos a las necesidades del servicio.

💍
Matrimonio o pareja de hecho15 días naturales

A contar desde el día del matrimonio o inscripción de la pareja de hecho. Pueden ampliarse si se combina con vacaciones anuales. El permiso es el mismo para matrimonio y para pareja de hecho inscrita.

🍼
Nacimiento de hijo/adopción16 semanas

Aplicable a ambos progenitores. Las 6 primeras semanas son obligatorias e ininterrumpidas tras el parto/adopción. El resto puede distribuirse a voluntad hasta que el menor cumpla 12 meses.

🤱
Lactancia1 hora diaria

Hasta que el menor cumpla 12 meses. Puede acumularse en días completos (con duración variable según convenio). Puede disfrutarse indistintamente por cualquiera de los progenitores si ambos son funcionarios.

💔
Fallecimiento familiar2–5 días

2 días por fallecimiento de familiar hasta 2º grado de consanguinidad/afinidad. 4 días si se requiere desplazamiento de más de 200 km. 5 días para cónyuge, hijos o padres. El plazo se contabiliza desde el hecho causante.

🏥
Hospitalización familiar2–4 días

Por hospitalización de familiar hasta 2º grado. 2 días sin desplazamiento, 4 días si hay que desplazarse más de 200 km. El permiso puede fraccionarse durante el período de hospitalización.

🩺
Enfermedad (IT)Según tramos

Del 1º al 3er día: 50% del sueldo. Del 4º al 20º: 75%. Desde el 21º: 100%. Si la baja es por accidente de trabajo, enfermedad profesional, intervención quirúrgica u hospitalización, el 100% desde el 1er día. Las CCAA pueden mejorar estos porcentajes.

📚
Formación y exámenesVariable

Permiso para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros oficiales, durante los días de su celebración. No incluye exámenes de oposición propios, salvo disposición en contrario.

🗳️
Deber inexcusableEl necesario

Para cumplir deberes inexcusables de carácter público o personal: juicios, citaciones judiciales, elecciones (mesa electoral), etc. Solo el tiempo estrictamente necesario.

💶 Retribuciones orientativas

Las retribuciones dependen del grupo, nivel de complemento de destino y complemento específico del puesto. Cifras aproximadas brutas/mes (14 pagas + extras).

A1Judicatura / LAJ / Forenses / Abogacía
Sueldo base1.234,16 €
Comp. destinoNivel 26–28 (~660–860 €)
Total estimado3.000–5.000+ €

Retribuciones muy variables según puesto y complementos específicos. Los LAJ tienen plus de fe pública.

A2Gestión Procesal y Administrativa
Sueldo base1.030,06 €
Comp. destinoNivel 22–24 (~510–620 €)
Total estimado1.800–2.400 €

El complemento específico varía según el tipo de órgano judicial (mayor carga = mayor complemento).

C1Tramitación Procesal y Administrativa
Sueldo base791,86 €
Comp. destinoNivel 18–20 (~410–510 €)
Total estimado1.500–1.900 €

Las CCAA con competencias transferidas pueden tener complementos adicionales.

C2Auxilio Judicial
Sueldo base683,82 €
Comp. destinoNivel 14–16 (~330–410 €)
Total estimado1.300–1.700 €

Incluye complemento de puesto de trabajo por contacto con el público y guardia de sala.

⚠️ Datos orientativos. Consulta las tablas salariales vigentes en el BOE o con tu sindicato. Las retribuciones pueden variar según destino y CCAA.

🗺️ Concursos de Traslados

El concurso de traslados es el mecanismo para que los funcionarios de carrera cambien voluntariamente de destino.

¿Qué es un concurso de traslados?

Es el procedimiento por el que los funcionarios de carrera pueden cambiar voluntariamente de destino (juzgado o tribunal). Se convoca periódicamente por el Ministerio de Justicia para los cuerpos de ámbito nacional, y por las CCAA con competencias transferidas para los puestos de su territorio.

¿Con qué frecuencia se convocan?

Aproximadamente cada 2-3 años para los cuerpos generales, aunque no hay una periodicidad fija. Las CCAA suelen convocar con mayor frecuencia. Las resoluciones se publican en el BOE o en el BOCA de cada comunidad.

¿Qué puntuación se necesita?

Los baremos varían, pero generalmente se valora: antigüedad en el cuerpo, tiempo de permanencia en el destino actual, cursos de formación acreditados, y en algunos casos, la nota obtenida en las oposiciones. Los funcionarios con mayor antigüedad suelen tener ventaja.

¿Puedo pedir traslado a otra CCAA?

Depende de si la CCAA tiene competencias transferidas. Para trasladarte desde un órgano de ámbito nacional a uno de una CCAA con transferencias (o viceversa), existen procedimientos específicos de integración o adscripción. Consulta con el sindicato de tu sector.

¿Qué pasa si no hay plazas en mi provincia?

En ese caso tendrás que esperar al siguiente concurso o solicitar una comisión de servicios, que es un traslado temporal (normalmente 1 año prorrogable). La comisión de servicios no te cambia el destino definitivo.

📚 Formación

La formación continua es gratuita para los funcionarios y cuenta en los baremos de traslados y promoción interna.

📈 Promoción Interna

Los funcionarios en activo pueden ascender de cuerpo mediante promoción interna, con condiciones más favorables que el acceso libre.

Auxilio Judicial (C2)Tramitación Procesal (C1)Concurso-Oposición (Promoción Interna)

Requisitos

Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial con al menos 2 años de servicios efectivos. El proceso selectivo tiene temario reducido y la puntuación de las oposiciones se suma a los méritos de la carrera.

Ventajas

El temario es más reducido que el de acceso libre. La experiencia en juzgados es una ventaja real para superar el práctico.

Tramitación Procesal (C1)Gestión Procesal (A2)Concurso-Oposición (Promoción Interna)

Requisitos

Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Tramitación con al menos 2 años de servicios efectivos y poseer la titulación requerida para el Grupo A2 (Grado universitario o equivalente).

Ventajas

Temario más reducido que acceso libre. El conocimiento práctico de los procedimientos es decisivo en el supuesto práctico.

Cualquier cuerpoCarrera directiva / Puestos de libre designaciónLibre Designación

Requisitos

Ciertos puestos de jefatura y coordinación en la Administración de Justicia se cubren por libre designación entre funcionarios del grupo correspondiente con méritos acreditados.

Ventajas

No requiere examen. Se valoran los méritos, la experiencia y la entrevista personal.

TODO JUSTICIA — Información orientativa. Para datos oficiales consulta el BOE, tu sindicato o la Dirección General competente.